Causa de partidas | Diócesis de Santa Rosa de Osos línea 6

Servicio diocesano

Oficina para la
causa de partidas

Orientación clara para la modificación e inserción de partidas sacramentales en los libros parroquiales.

Consultar requisitos

Un proceso acompañado, paso a paso

La Oficina para la Causa de Partidas atiende los procesos eclesiásticos de reforma e inserción cuando existen errores o cuando una partida sacramental no logra ubicarse en los libros parroquiales.

Todo proceso debe iniciarse en el despacho parroquial donde se celebró el sacramento. Revisa primero el tipo de trámite y reúne la documentación indicada.

Revisa tu caso

Identifica si necesitas modificar un dato o insertar una partida que no aparece.

Prepara los documentos

Consulta la lista de requisitos generales y los documentos adicionales de tu situación.

Acude a la parroquia

Inicia la solicitud en el despacho parroquial donde se celebró el sacramento.

Modificar una partida

Hay un registro, pero contiene un error en nombres, fechas o datos del sacramento.

Insertar una partida

La parroquia realizó una búsqueda diligente, pero el registro no logra ubicarse.

Trámites disponibles

¿Qué necesitas hacer?

Selecciona un sacramento para consultar los documentos básicos de modificación o inserción.

Modificar una partida de bautismo

Aplica para errores en nombre, apellido, fecha o lugar de nacimiento. La solicitud se presenta en la parroquia y debe estar firmada por el interesado y el párroco.

  1. 01Solicitud de reforma hecha en la parroquia, firmada por el interesado y el párroco.
  2. 02Copia de la cédula de ciudadanía del interesado.
  3. 03Partida original de bautismo que se solicita reformar.
  4. 04Registro civil de nacimiento original y reciente.

Adicional a lo anterior y según sea el caso particular, se deben anexar los siguientes documentos:

  • Partida de bautismo original, expedida con una vigencia no superior a noventa (90) días.
  • Registro civil de nacimiento expedido con una vigencia no superior a noventa (90) días.
  • Cédula de ciudadanía.
  • Acta de petición ante el párroco o vicario parroquial.
  • Partida de bautismo original, expedida con una vigencia no superior a noventa (90) días.
  • Escritura pública donde la autoridad competente otorga el nuevo nombre o supresión de apellido.
  • Nuevo registro civil de nacimiento y cédula de ciudadanía.
  • Acta de petición ante el párroco o vicario parroquial.
  • Partida de bautismo original, expedida con una vigencia no superior a noventa (90) días.
  • Registro civil de nacimiento.
  • Partida de matrimonio o de bautismo de los padres.
  • Cédulas de ciudadanía de los padres.
  • Acta de petición ante el párroco o vicario parroquial.
  • Partida de bautismo original, expedida con una vigencia no superior a noventa (90) días.
  • Registro civil de nacimiento (original).
  • Partida de bautismo o registro civil de nacimiento y cédula del padre.
  • Acta de petición ante el párroco o vicario parroquial.
  • Partida de bautismo original, expedida con una vigencia no superior a noventa (90) días.
  • Copia de la sentencia del juez o de la autoridad competente.
  • Registro civil de nacimiento (original).
  • Acta de petición ante el párroco o vicario parroquial.
  • Partida de bautismo original, expedida con una vigencia no superior a noventa (90) días.
  • Registro civil de nacimiento (original).
  • Fotocopia de la cédula de ciudadanía o tarjeta de identidad.
  • Acta de petición juramentada ante el párroco o vicario parroquial.
  • Las fechas superiores a un año no se corrigen; solo si hay escritura pública o sentencia judicial.
  • Registro civil de nacimiento (original).
  • Acta juramentada ante el párroco, firmada por los padres, padrinos o testigos oculares del rito.
  • Partidas de matrimonio de los padres, o de bautismo si no son casados.
  • Fotocopia de las cédulas de ciudadanía de los padrinos.
  • Fotografía del momento del bautismo.
  • Si no existe evidencia fotográfica, certificado de la parroquia y parroquias vecinas, y declaración extraprocesal realizada por uno de los padres o padrinos.
  • Partida de bautismo original, expedida con una vigencia no superior a noventa (90) días.
  • Copia de la sentencia del juez.
  • Registro civil de nacimiento (original).
  • Acta de petición ante el párroco o vicario parroquial.
  • Partida de bautismo original, expedida con una vigencia no superior a noventa (90) días.
  • Escritura pública donde la autoridad competente otorga el nuevo nombre o cambia de género.
  • Nuevo registro civil de nacimiento y cédula de ciudadanía al 150%.
  • Acta juramentada ante el párroco o vicario parroquial, indicando el motivo de la corrección.

Modificar una partida de confirmación

La solicitud debe tramitarse desde la parroquia y estar firmada por el interesado y el párroco.

  1. 01Solicitud de reforma hecha en la parroquia, firmada por el interesado y el párroco.
  2. 02Copia de la cédula de ciudadanía del interesado.
  3. 03Partida original de confirmación que se pide reformar.
  4. 04Partida original de bautismo.

Adicional a lo anterior y según sea el caso particular, se deben anexar los siguientes documentos:

  • Partida de confirmación original, expedida con una vigencia no superior a noventa (90) días.
  • Partida de bautismo o registro civil de nacimiento y fotocopia de la cédula de ciudadanía.
  • Acta de petición ante el párroco o vicario parroquial.
  • Partida de bautismo.
  • Acta juramentada ante el párroco, firmada por padres, padrino y/o madrina o testigos oculares del rito.
  • Fotocopia de las cédulas de ciudadanía del padrino o madrina.
  • Fotografía del momento de la confirmación.
  • Si no existe fotografía, certificado de la parroquia y parroquias vecinas, y declaración extraprocesal realizada por los padres o padrinos.

Modificar una partida de matrimonio

La solicitud la presenta uno de los contrayentes junto con el párroco de la parroquia correspondiente.

  1. 01Solicitud de reforma hecha en la parroquia, firmada por uno de los contrayentes y el párroco.
  2. 02Copia de la cédula de ciudadanía del interesado.
  3. 03Partida original de matrimonio que se pide reformar.
  4. 04Partida original de bautismo del contrayente, según el caso.

Adicional a lo anterior y según sea el caso particular, se deben anexar los siguientes documentos:

  • Partida de matrimonio original, expedida con una vigencia no superior a noventa (90) días.
  • Partida de bautismo y/o registro civil de nacimiento o cédula de ciudadanía.
  • Acta de petición ante el párroco o vicario parroquial.
  • Partida de matrimonio original, expedida con una vigencia no superior a noventa (90) días.
  • Partida de bautismo también corregida.
  • Copia de la escritura pública donde la autoridad competente otorga el nuevo nombre, supresión o cambio de apellido.
  • Nuevo registro civil de nacimiento y fotocopia de la cédula de ciudadanía.
  • Acta juramentada ante el párroco o vicario parroquial.
  • Partida de matrimonio original, expedida con una vigencia no superior a noventa (90) días.
  • Partida de bautismo y registro civil de nacimiento de la parte a corregir.
  • Copia de la cédula del solicitante.
  • Acta de petición ante el párroco o vicario parroquial.
  • Acta juramentada ante el párroco, firmada por los cónyuges, padres o testigos oculares del rito.
  • Fotocopia del expediente matrimonial.
  • Partida de bautismo de los contrayentes (original y reciente).
  • Fotocopia de las cédulas de ciudadanía de los contrayentes.
  • Fotocopia de las cédulas de ciudadanía de los testigos.
  • Evidencia fotográfica del matrimonio.
  • Si no existe fotografía, certificado de la parroquia y parroquias vecinas, comunicando que la partida fue buscada cuidadosamente y no fue hallada.

Modificar una partida de defunción

El proceso lo inicia el familiar descendiente más cercano, junto con el párroco.

  1. 01Solicitud de reforma hecha en la parroquia por el familiar descendiente más cercano y el párroco.
  2. 02Copia de la cédula de ciudadanía del interesado.
  3. 03Partida original de defunción que se pide reformar.
  4. 04Partida original de bautismo del titular.

Adicional a lo anterior y según sea el caso particular, se deben anexar los siguientes documentos:

  • Acta juramentada ante el párroco o vicario parroquial, con la información a corregir y firmada por pariente en primer grado de consanguinidad. Si es persona distinta a familiar, abogado, etc., deberá presentar poder de la familia debidamente autenticado, copia de la cédula y copia de la tarjeta profesional.
  • Partida de bautismo y/o de matrimonio.
  • Registro civil de defunción.
  • Licencia de inhumación del difunto expedida por la secretaría de salud o autoridad competente.
  • Acta juramentada ante el párroco, con toda la información y firmada por pariente en primer grado de consanguinidad y testigos oculares del rito exequial. Si es persona diferente, poder especial debidamente autenticado y copia de la tarjeta profesional.
  • Partida de bautismo y/o de matrimonio.
  • Licencia de inhumación del difunto expedida por la secretaría de salud o autoridad competente, que debe reposar en los archivos de la funeraria. Si no existe, copia de la factura de la funeraria.
  • Registro civil de defunción.

Cuando no aparece el registro

Inserción de partidas sacramentales

Si después de una búsqueda diligente la partida no logra ubicarse, puede solicitarse su inserción. Estos son los documentos adicionales más frecuentes.

  • Solicitud firmada por el interesado y el párroco.
  • Declaración juramentada de los padres y dos testigos.
  • Certificado parroquial que indique que no se encuentra la partida.
  • Partidas originales de bautismo del hermano inmediatamente anterior y posterior.
  • Partida de confirmación, si fue confirmado; registro civil de nacimiento original y reciente.
  • Partida de matrimonio o bautismo de los padres del titular.
  • Copias de cédulas del interesado y de los padrinos, además de fotos de la celebración.
  • Solicitud firmada por el interesado y el párroco.
  • Declaración juramentada de los padres y dos testigos.
  • Certificado parroquial de inexistencia de la partida.
  • Partida original de bautismo del interesado y copia de su cédula o tarjeta de identidad.
  • Fotocopia de la cédula del padrino o madrina y fotos de la celebración.
  • Solicitud firmada por uno de los contrayentes y el párroco.
  • Declaración juramentada de dos testigos y certificado parroquial de inexistencia.
  • Partidas originales de bautismo de los contrayentes.
  • Copia del expediente matrimonial o información verbal, cédulas de los contrayentes y testigos.
  • Fotos de la celebración.
  • Solicitud firmada por el familiar solicitante y el párroco.
  • Declaración juramentada de dos testigos y certificado parroquial de inexistencia.
  • Partida original de bautismo del fallecido.
  • Registro civil de defunción original y reciente.
  • Fotocopia de la cédula de los testigos.
Importante sobre quién puede realizar el proceso

Todo proceso debe realizarlo el titular. Si la persona falleció, debe hacerlo el cónyuge. Si ambos fallecieron, se requiere autorización y firma de todos los hijos. Si es apoderado, debe anexar el poder.

¿Tienes dudas sobre tu caso?

Consulta el directorio parroquial o comunícate con la Diócesis.

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