Decreto 067 de 2025

Decretos

DECRETO 067
Diciembre 09 de 2025

FIDEL LEÓN CADAVID MARÍN,

Por gracia de Dios y voluntad de la Sede Apostólica
Obispo de Sonsón-Rionegro

 

CONSIDERANDO:

 

  1. Que según el c. 547, el obispo diocesano nombra libremente a los clérigos que están bajo su jurisdicción.
  2. Que los Diáconos y Seminaristas a los que se hace referencia cumplirán su labor pastoral en las comunidades mencionadas bajo la tutela de los párrocos, mediante una gradual asunción de responsabilidades, con espíritu de servicio, esforzándose en adquirir una adecuada preparación y recibiendo un acompañamiento específico con vistas a la recepción del presbiterado.
  3. Que los Diáconos y Seminaristas a los que se hace referencia a continuación, han sido destinados a vivir su proceso de síntesis vocacional en las comunidades parroquiales que se referencian.

 

DECRETA:

 

Artículo primero: Nómbrese a los siguientes Diáconos Transitorios para prestar sus servicios pastorales en las parroquias que se referencian a continuación:

Diacono Dubán Alonso RIVERA CONTRERAS, en la Parroquia “La Santísima Trinidad”, La Ceja.

Diacono Carlos Eliécer RÍOS AGUILAR, en la Parroquia “San Luis Gonzaga”, San Luis.

Diacono Jhon Fernando VILLA GÓMEZ, en la Parroquia “San Rafael Arcángel”, San Rafael.

Diacono Diego Esneider ORTIZ RODRÍGUEZ, en la Parroquia “San Vicente Ferrer”, San Vicente.

Diacono Steven ISAZA AGUDELO, en la Parroquia Catedral “Nuestra Señora de Chiquinquirá”, Sonsón.

 

Artículo segundo: Nómbrese a los siguientes Seminarista en ETAPA DE SÍNTESIS VOCACIONAL, para prestar sus servicios pastorales en las parroquias que se referencian a continuación:

Seminarista Rodrigo José CARREÑO ASCANIO, en la Parroquia “Nuestra Señora del Carmen”, El Carmen de Viboral.

Seminarista Juan Carlos RAMÍREZ ÁLZATE, en la Parroquia “Nuestra Señora de Chiquinquirá”, El Peñol.

Seminarista Juan Pablo MAYA JARA, en la Parroquia “Nuestra Señora de Chiquinquirá”, El Santuario.

Seminarista Sergio CORREA GONZÁLEZ, en la Parroquia “Santa Bárbara”, Granada.

 

Artículo tercero: El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

 Dado en Rionegro, (Antioquia) a los nueve (09) días del mes de diciembre del año del Señor dos mil veinticinco (2025).

 

+ Fidel León Cadavid Marín           

Obispo de Sonsón Rionegro

Juan Carlos Duque Villada, Pbro. 

Canciller

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