Decreto 058 de 2025

Decretos

DECRETO 058

Agosto 15 de 2025

FIDEL LEÓN CADAVID MARÍN,

Por gracia de Dios y voluntad de la Sede Apostólica

Obispo de Sonsón-Rionegro.

 

CONSIDERANDO:

 

1º. Que el decreto Conciliar Christus Dominus dice “La salvación de las almas ha de ser la causa por la que se determinen las erecciones de las parroquias” (Nº. 32).

2º. Que el Motu Proprio Ecclesiae Santae en el número 21 dispone: “Hay que esforzarse por todos los medios posibles para que las parroquias en las que el excesivo número de fieles o demasiada amplitud del territorio dificultan o hacen menos adecuada la labor apostólica, sean divididas o desmembradas convenientemente”.

3º. Que, en la ciudad de Rionegro, se ha visto crecer aceleradamente el número de sus habitantes, por lo cual se impone una mejor atención pastoral a los fieles y que la comunidad que allí habita ha venido siendo evangelizada y preparada para la organización canónica.

4°. Que el Consejo Presbiteral, oído a tenor del canon 515 § 2, dio su parecer favorable a la erección de la nueva Parroquia, e igualmente del párroco de la Concatedral “San Nicolás el Magno” del municipio de Rionegro, ha manifestado la conveniencia de la misma.

. Que la Parroquia legítimamente erigida tiene personería jurídica de propio derecho. (C.I.C 515 § 3).

6º.  Que el documento de Aparecida en sus numerales 304 – 306 nos dice “las Parroquias son células vivas de la Iglesia y lugares privilegiados en los que la mayoría de los fieles tienen una experiencia concreta de Cristo y de su Iglesia. Que en ellas debe haber celebraciones e iniciativas, donde los fieles experimenten como en una familia la fe y la caridad en la que mutuamente se acompañen y ayuden en el seguimiento de Cristo; además se pide que sean centros de irradiación misionera y lugar de formación permanente y se aúnen esfuerzos con las parroquias vecinas para alcanzar tal fin”.

 

DECRETA:

 

Artículo primero: Eríjase en la ciudad de Rionegro, la Parroquia “San Juan Bautista de la Salle”, ubicada en la vereda Los Pinos, desmembrándola de la Parroquia Concatedral “San Nicolás el Magno” del municipio de Rionegro.

Artículo segundo: Los límites de la parroquia serán los siguientes:

 Por el Norte: Vereda la Porquera- Municipio de San Vicente Ferrer

Por el Noreste: Vereda las Hojas – Municipio de San Vicente Ferrer

Por el Este: Vereda la Asunción – Municipio de Marinilla

Por el Sureste: Vereda la primavera – Municipio de Marinilla

Por el Sur: Corregimiento Centro- Casimiro García

Por el Suroeste: Vereda la Laja

Por el Oeste: Vereda la Mosca

Por el Noreste: Vereda Guamito – Municipio de Guarne

Quede constituida por las siguientes 5 veredas especificadas así:

  1. Galicia
  2. Santa Bárbara
  3. San Luis
  4. Los Pinos
  5. Rio Abajo

Teniendo una población estimada en 9.200 habitantes.

Artículo tercero: La Fiesta Patronal se celebrará cada quince (15) de mayo, día de la memoria de “San Juan Bautista de la Salle”.

Artículo cuarto: Nómbrese como primer Párroco al Presbítero Edison Arley BENJUMEA ARBELÁEZ, quien se posesionará el día veintiuno (21) de septiembre del año dos mil veinticinco (2025).

Artículo quinto: Las parroquias vecinas que se vieren afectadas se atendrán al presente decreto, por el cual quedan derogadas las disposiciones anteriores que le fueren contrarias.

Artículo sexto: Téngase en cuenta que la finalidad principal de una parroquia es la Evangelización de los fieles, la distribución de la gracia divina por medio de los sacramentos y la construcción de la comunidad cristiana, por lo cual se han de crear estructuras pastorales apropiadas para ello.

Artículo séptimo: El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Rionegro, (Antioquia) a los quince (15) días del mes de agosto del año del Señor dos mil veinticinco (2025), solemnidad de la Asunción de la Santísima Virgen María.

+ Fidel León Cadavid Marín           

Obispo de Sonsón Rionegro

Juan Carlos Duque Villada, Pbro. 

Canciller

Compartir :