Decreto 052 de 2025

Decretos

 DECRETO 052

Julio 29 de 2025

FIDEL LEÓN CADAVID MARÍN,

Por gracia de Dios y voluntad de la Sede Apostólica

Obispo de Sonsón-Rionegro

 

CONSIDERANDO:

 Que a tenor del canon 266 § 1.  Por la recepción del diaconado, uno se hace clérigo y queda incardinado en una Iglesia particular o en una prelatura personal para cuyo servicio fue promovido.

  1. Que el orden del diaconado, según lo afirma el Catecismo de la iglesia Católica en el número 1554, está destinado a ayudar y a servir a los obispos y a los presbíteros.
  2. Que a tenor del canon 274 § 2. A no ser que estén excusados por un impedimento legítimo, los clérigos deben aceptar y desempeñar fielmente la tarea que les encomiende su Ordinario.

 

DECRETA:

Artículo primero: Nómbrese a los siguientes señores diáconos permanentes, para los oficios eclesiásticos a los que se hace referencia a continuación:

Diácono permanente Luis Arturo CASTRILLÓN VALENCIA, para la parroquia “Nuestra Señora de La Candelaria”, Guarne.

Diácono permanente Rubiel Eduardo GIRALDO QUINTERO, para la parroquia “La Sagrada Familia”, Marinilla.

Diácono permanente Juan Carlos JARAMILLO GÓMEZ, para la parroquia “San Juan Pablo II”, Marinilla.

Diácono permanente Jesús Andrés VÉLEZ VÉLEZ, para la parroquia “San Antonio de Padua”, Guarne y colaborador de la Pastoral Educativa Diocesana.

 

Artículo segundo: El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Rionegro, (Antioquia) a los veintinueve (29) días del mes de julio del año del Señor dos mil veinticinco (2025).

+ Fidel León Cadavid Marín           

Obispo de Sonsón Rionegro

Juan Carlos Duque Villada, Pbro. 

Canciller

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